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Acusadores anuncian que Corte Suprema EUA falló contra militar salvadoreño

El ex viceministro de Defensa Nicolás Carranza no puede ampararse a Ley de amnistía salvadoreña de 1993 y debe cumplir la condena de hace cuatro años, cuando un tribunal inferior lo sentenció a pagar 6 millones de dólares a las víctimas de torturas, asesinatos extrajudiciales y crímenes de lesa humanidad ocurridos en El Salvador durante la guerra.

Diego Murcia 

Publicada el 05 de octubre de 2009 - El Faro

La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos denegó este lunes al coronel Nicolás Carranza, ex viceministro de Defensa de El Salvador, la revocatoria de un fallo de 2005 en el que una corte de Memphis lo encontró culpable de cometer torturas, asesinatos extrajudiciales y crímenes de lesa humanidad en contra de cinco familias salvadoreñas, informó el organismo no gubernamental que ha sido querellante en la causa.

La sentencia vino tras el análisis de un recurso de casación interpuesto el 28 de mayo pasado por la defensa de Carranza, en el que pedía que la Corte Suprema le eximiera de toda responsabilidad sobre dichos crímenes, argumentando que en El Salvador hay una Ley de amnistía que en 1993 dejó en la impunidad todos los crímenes políticos y comunes vinculados con políticos, ocurridos en el marco de la guerra civil salvadoreña hasta 1991.

Carranza había sido encontrado culpable de esos delitos en 2005, por un tribunal de Memphis, que también lo condenó a pagar 6 millones de dólares como resarcimiento de daños a las víctimas.

Este lunes, según informó la abogada Almudena Bernabéu, vía telefónica, la Corte Suprema confirmó el fallo del tribunal de Memphis. Almudena Bernabéu es parte del Transitional Justice Program, entidad que defiende los intereses de las víctimas de Carranza, y que recurrió a la justicia estadounidense porque en dicho país se reconoce el principio de justicia universal, que consiste en que un tribunal de cualquier lugar del mundo está facultado para darle trámite a acusaciones en casos en que se ha cometido delitos reconocidos como tales en todo el orbe.

El tribunal supremo no reconoció la aplicación de dicha ley simplemente porque se trata de una ley salvadoreña que no aplica a otros países. “El Tribunal de Apelación (de la Corte Suprema) rechazó esta postura y declaró que la Ley de Amnistía no era legal ni vinculante para los tribunales de Estados Unidos”, declaró Bernabéu.

Nicolás Carranza debe pagar 6 millones de dólares a las cinco familias que lo demandaron. Los montos del resarcimiento van desde los 500 mil dólares hasta un millón por persona, dependiendo del tipo de los daños causados a las víctimas. Estos deberán ser efectivos a partir de la notificiación de la sentencia, que le fue entregada al abogado de Carranza ayer, según Bernabéu.

En caso de que el militar retirado se negara a resarcir a las víctimas o a sus familiares, la Corte ha determinado que se deberán embargar los activos de Carranza hasta que sumen en su conjunto la cantidad de dinero que debe entregar a las víctimas. (La sentencia) “en última instancia, puede ser muy conflictiva (para Carranza) para la investigación que se está llevando desde hace tiempo respecto de su ciudadanía y de su derecho para permanecer legalmente en Estados Unidos, como consecuencia de las acusaciones”, aseguró la abogada.

Según Bernabéu, la sentencia del tribunal estadounidense cierra por completo la vía interna de apelar esta nueva sentencia ante cualquier instancia internacional a la cual dirigirse. La abogada asegura que el veredicto dado este día confirma la sentencia pronunciada en octubre de 2005, por un jurado de Memphis que ya reconocía a Carranza como autor de los crímenes de lesa humanidad antes descritos.

Los crímenes sufridos por los demandantes tuvieron lugar entre 1980 y 1992, época en que Carranza era viceministro de la Defensa Nacional y como director general de la Policía de Hacienda.

 

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